Medidas tributarias en los últimos reales decretos-leyes del Gobierno

27/02/2019

El pasado 28 de diciembre el Gobierno aprobó dos reales decretos-leyes —RDL 26/2018, por el que se crean medidas de urgencia sobre creación artística y cinematográfica, y RDL 27/2018, por el que se adoptan determinadas medidas en materia tributaria y catastral— que tienen incidencia en el ámbito tributario.

Las principales modificaciones introducidas por estos, y que son de aplicación a la normativa tributaria al haber sido convalidados por el Congreso, son las siguientes:

Impuesto de sociedades

Se modifica la deducción por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales, derogándose, con efectos para el ejercicio 2018, las obligaciones impuestas al productor que condicionaban la aplicación de la deducción por gastos realizados en territorio español para la ejecución de una producción extranjera y que estaban poniendo en riesgo la realización de producciones cinematográficas extranjeras en España.

Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF)

El tipo de retención aplicable a los rendimientos del capital mobiliario derivados de la propiedad intelectual, cuando quien los percibe no es el autor, pasa a ser del 15%

Se declaran exentas las prestaciones públicas por maternidad o paternidad y las familiares no contributivas reguladas en la LGSS, para el ejercicio 2018 y los anteriores no prescritos (de 2014 a 2017, ambos inclusive), así como las prestaciones por maternidad o paternidad reconocidas a profesionales no integrados en el RETA por mutualidades de previsión social que actúen como alternativa.

Para los contribuyentes que tributen en régimen de módulos, se prorrogan un año más los límites cuantitativos cuya superación implicaría la exclusión de dicho régimen, que serán los siguientes:

VOLUMEN DE RTOS. ÍNTEGROS EN EL AÑO INMEDIATO ANTERIOR EjercIcio 2019
Conjunto de actividades económicas (excepto agrícolas, forestales y ganaderas) 250.000 € (se computan todas las operaciones, exista o no obligación de expedir factura)
Operaciones por las que se esté obligado a emitir factura por ser el destinatario empresario o profesional 125.000 €
Conjunto de actividades agrícolas y ganaderas (y forestales). 250.000 € (se computan todas las operaciones, exista o no obligación de expedir factura)
Volumen de compras en bienes y servicios en el año anterior, excluidas las adquisiciones de inmovilizado. 250.000 €

Impuesto sobre el valor añadido (IVA)

Se reduce la tributación de los servicios prestados por intérpretes, artistas, directores y técnicos, productores de películas de cine y organizadores de obras de teatro y musicales, pasando del 21% al 10%.

En el régimen simplificado de IVA, también se prorrogan para el ejercicio 2019 los límites cuantitativos que delimitan su aplicación, que serán los mismos que los expresados en la tabla anterior de aplicación a los módulos.

Impuesto sobre el patrimonio

Se prorroga el mantenimiento del gravamen para el ejercicio 2019