Plan de Control Tributario de 2019

28/02/2019

Como cada año, el pasado mes de enero la Agencia Estatal de Administración Tributaria publicó las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2019, en base a lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que establece que «la Administración Tributaria elaborará anualmente un Plan de control tributario que tendrá carácter reservado, aunque ello no impedirá que se hagan públicos los criterios generales que lo informen».

El Plan General de Control Tributario tiene como objetivo la planificación coordinada con periodicidad anual de las tareas a desempeñar por los distintos órganos que llevan a cabo funciones de control del cumplimiento de obligaciones tributarias y de comprobación de valores, constituyendo un instrumento fundamental en la planificación de las actuaciones de control tributario. En resumen, la principal función del plan consiste en identificar aquellas áreas de riesgo frente a las que se debe actuar para evitar el fraude fiscal, lo cual no quiere decir que el resto de las actuaciones inspectoras y recaudatorias que realiza la AEAT queden en un segundo plano.

Las principales directrices del plan para este 2019 son las siguientes:

  • Al igual que en años anteriores, se continuará reforzando las actuaciones dirigidas a mejorar el cumplimiento tributario mediante la transparencia de la información, el impulso de la asistencia al contribuyente, la depuración censal, la política en materia recaudatoria, o el desarrollo del Código de Buenas Prácticas Tributarias.
  • Uso intensivo de la tecnología de análisis de datos tipo «Big Data» y la explotación de las nuevas fuentes de información (/CRS, SII, informe país por país, e información sobre mecanismos de planificación fiscal agresiva).
  • Creación de la Unidad Central de Coordinación de Control de Patrimonios Relevantes, cuyo objetivo es el control de contribuyentes con grandes patrimonios, con especial atención a los bienes y derechos situados en el extranjero, a los entramados financieros y societarios y a la facturación irregular.
  • Control del uso abusivo de sociedades cuya finalidad se limita a reducir improcedentemente la tributación y de sociedades vinculadas con una persona o grupo familiar.
  • Realización de actuaciones conjuntas de las áreas de Gestión y de Inspección sobre el colectivo de sociedades con muy baja actividad, en relación con el impuesto de sociedades.
  • Especial importancia del modelo 179 sobre cesión de viviendas con fines turísticos, para mejorar el control de los rendimientos del capital inmobiliario en el IRPF.
  • La existencia de tramas en el IVA, las operaciones de comercio electrónico o los nuevos medios de pagos siguen estando en el punto de mira, si bien se va a hacer hincapié en las criptomonedas.