Más facilidades para la amortización de los préstamos con aval público
En el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del plan nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, el Gobierno ha acordado flexibilizar el código de buenas prácticas para la renegociación de los préstamos con aval público, fundamentalmente del ICO (Instituto de Crédito Oficial), concedidos en el marco de la pandemia.
En primer lugar, se suprime el requisito de que las empresas hayan registrado una caída de la facturación de al menos un 30% en 2020 con respecto a 2019 para acceder a la ampliación de los plazos de amortización de los préstamos.
Con esta medida, se quiere favorecer a aquellas compañías que, sin haber experimentado una notable pérdida de ingresos durante la pandemia, están acusando ahora dificultades financieras por el alza de los precios de la energía y de otras materias primas.
En segundo lugar, los autónomos y las pequeñas y medianas empresas pertenecientes a los sectores agrícola, ganadero, pesquero y de transporte por carretera tendrán derecho, a la hora de solicitar una ampliación de los vencimientos, a una suspensión de seis meses de las cuotas de amortización del principal del préstamo.
Estos seis meses adicionales se sumarán al periodo de dos años de carencia del que disfrutan todas las empresas con financiación avalada por el Estado (en caso de que todavía no hubiera terminado) o, por el contrario, implicarán la apertura de un nuevo periodo de carencia.
Asimismo, se establece que las entidades financieras adheridas al código de buenas prácticas mantendrán al menos hasta el 30 de septiembre los límites y las condiciones de las líneas de circulante concedidas a todos los clientes.